En un Internet global que nos pertenece a todos, en el que debemos colaborar para estimular su crecimiento basado en las mejores prácticas discutidas y acatadas, un actor esencial para lograrlo es el Gobierno.
El gobierno no puede quedarse a la orilla del avance tecnológico, ya que hacerlo puede repercutir en su capacidad de servir a la población. Por esto, es de suma importancia que las diferentes instancias en los distintos niveles del gobierno hagan lo necesario para agregar IPv6 a su infraestructura actual, ya que IPv6 no es una moda, si no el futuro de Internet.
Algunos de los beneficios que se pueden obtener al adoptar IPv6 son los siguientes:
¿Qué debe hacer el gobierno ante el reto de adoptar IPv6?
Algunos puntos que pueden ayudar a las entidades de gobierno que deseen adoptar IPv6:
¿Qué debe hacer una entidad de gobierno para obtener un bloque de direccionamiento IPv6?
En caso de que la entidad de gobierno requiera una cantidad menor de direcciones IPv6 a las correspondientes a un /48, o que los servicios de Internet que utiliza no requieran de la asignación directa de recursos de Internet, como en el caso de un Usuario Final, deberá revisar con su Proveedor de Servicios de Internet cuales soluciones pueden utilizarse para tener conectividad de IPv6.
- El primer paso es determinar la categoría a la que pertenece la entidad de gobierno: Usuario Final o Proveedor de Servicios de Internet:
NIC México asigna direcciones IPv6 homologadas, con los siguientes tamaños mínimos de prefijo dependiendo de la categoría del cliente:
Es necesario registrarse en el sitio de IAR México (www.iar.mx) como contacto. En el caso de que ya tenga un registro en el sitio de IAR México, es necesario considerar que un contacto solo puede estar relacionado en un momento determinado con una sola organización, por lo que si el contacto ya esta relacionado con una organización, es necesario registrar un nuevo contacto.
Una vez registrado un contacto, es necesario regisrtrar la organizacion a la que se asignarán los recursos. Al llenar la forma de registro para la organización, es posible utilizar el mismo contacto como contacto administrativo, de pago y de membresía. Es posible modificar posteriormente esta información en caso de ser necesario.
En la forma de registro de la organización es necesario seleccionar la opción de "Solicitud de Recursos a IAR México" en la parte superior de la forma.
Es importante llenar adecuadamente todos los campos de la forma, de otra manera no será posible guardar la información de registro de la organización.
En caso de alguna duda o problema durante el registro del contacto o la organización, puede contactarnos a This e-mail address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it , donde con gusto atenderemos sus dudas.
Una vez que esta completo el registro de la organización, es necesario hacer una solicitud de recursos a través de la opción "Solicitudes" y seleccionar la opción "Solicitud de Recursos a IAR México".
Dentro de la solicitud de recursos se debe especificar el tipo de recurso solicitado: IPv4, IPv6 o ASN, asi como los campos correspondientes.
Una ves que se haya realizado la solicitud, nos pondremos en contacto con usted para recabar la información necesaria para respaldar la solicitud y poder evaluarla adecuadamente.
Cuando su solicitud de recursos sea aprobada le será enviado un correo electrónico comunicándole el tamaño de bloque aprobado y solicitando la documentación necesaria para la elaboración del Contrato de Prestación de Servicios que se le hará en formato PDF para su impresión y firma. Una vez firmado debe ser enviado a las oficinas de NIC México.
Después de recibir el contrato firmado, NIC México le enviará las instrucciones para efectuar el pago correspondiente. Es necesario realizar el pago para que la asignación sea hecha.
¿Cuánto cuesta un bloque de direccionamiento IPv6?
Para apoyar la adopción del protocolo, hasta el 1 de julio de 2012 se mantiene un costo de “cero” en los bloques de direcciones IPv6 asignados. Para mayor información sobre las tarifas aplicables después de esta fecha, le sugerimos visitar nuestra página de Tarifas (https://www.iar.mx/jsf/static_content/services/resources_request/payments/paymentsHowMuch.jsf).